viernes, 8 de abril de 2011

¿QUÉ ES LA MULTIAFILIACIÓN AL SISTEMA DE SALUD?

El Decreto 806 de 1998, en el artículo 48 define la multiafiliación al sistema de seguridad social en salud como la afiliación simultánea de una persona a dos o más entidades pertenecientes al régimen contributivo, o la afiliación tanto al régimen contributivo y al subsidiado.

La multiafiliación se presenta en los siguientes casos:

1. Cuando una persona se encuentra afiliada de manera simultánea a dos entidades prestadoras del servicio de salud en el régimen contributivo. Un ejemplo, es el del señor José Cristóbal Ríos Rodríguez quien al estar laborando para la empresa Interdiseños Ltda., fue afiliado sistema de seguridad social en salud a través de SaludCoop EPS. Sin embargo, SaludCoop EPS le negó el servicio de urgencia que requirió para su hijo, argumentando que se encuentra afiliado simultáneamente a la EPS del Instituto de Seguros Sociales[1].
2. Cuando una persona se encuentra afiliada tanto en el régimen contributivo como en el subsidiado. El mejor ejemplo son aquellas personas afiliadas al régimen subsidiado que obtienen una oportunidad laboral, y que comienzan a cotizar para la prestación del servicio de salud en el régimen contributivo, sin embargo nunca se desvinculan del régimen subsidiado porque temen perder el cupo dentro de este régimen. 

3. Existe un tercer caso sobre la multiafiliación al sistema de salud que no se encuentra tipificado en el Decreto 806 de 1998 sin embargo se presenta cuando una persona ocupa más de dos cupos del régimen contributivo en salud. Debido a la falta de una base de datos unificada del SISBEN, no hay forma de verificar si una persona se encuentra ocupando más de dos cupos dentro del régimen subsidiado, de ahí que si una persona cambia su lugar de residencia y se afilia nuevamente en otro municipio del país, diferente donde venía recibiendo el servicio de salud, puede estar ocupando dos cupos, sin contar que lo mismo sucede con cada una de las persona de su núcleo familiar. Lo mismo sucede con los desplazados que ha generado la violencia durante los últimos años en nuestro país, ya que ellos se desplazan constantemente por varias regiones del país y en cada uno de los municipios son cobijados por el régimen subsidiado como una medida para brindar protección a las poblaciones más vulnerables de nuestra sociedad, pero causando un problema de déficit presupuestal en el rubro que corresponde a la cobertura en salud. De ahí, que aún sin encontrarse mencionada en el Decreto 806 de 1998, los casos de multiafiliación en salud al régimen subsidiado son  más comunes de lo que se piensa.


[1]Sentencia Corte Constitucional T-380  de 2007. Magistrado Ponente: Dr. Jaime Araujo Rentería.


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